PERITO CONTADOR
Consultoría
¿Qué es?
La Contabilidad Bancaria consiste en el control de la información de todo el dinero que circula en una entidad bancaria con el fin de suministrarles a los gerentes bancarios las herramientas necesarias para la toma de decisiones de dicha institución.
(Apuntes de Joselline Sánchez, Guatemala, 2014)
Nomenclatura Bancaria
La Nomenclatura Bancaria contiene una serie de cuentas con sus respectivos códigos que se usan en el sistema bancario y entidades financieras.
Se recomienda usarlo en la clase de contabilidad bancaria que se lleva en la carrera de perito contador y en las universidades en la carrera de auditoría.
(Consulta de la página oficial de ALENRO, Guatemala, 2014)
¿Para qué sirve?
La Nomenclatura Bancaria, sirve para la fácil identificación y el control correcto de las cuentas en todos los libros contables de los bancos.
(Apuntes de Joselline Sánchez, Guatemala, 2014)
CONTABILIDAD BANCARIA
Constitución y Autorización de los Bancos:
Los bancos nacionales, privados o mixtos, deberán constituírse en forma de sociedades por acciones de responsabilidad limitada, con arreglo de la Legislación de la República de Guatemala.
Importancia Económica de los Bancos:
Todos los bancos se dedican al tráfico de dinero en todas las formas que reviste. Por lo tanto, su importancia económica, recae principalmente en el crédito que otorga.
Actividades que Realizan los Bancos:
-
Captación de dinero dentro de la operatoria legal.
-
Convenios nacionales con internacionales.
-
Otorgamiento de préstamos de diferente índole como: Interna y Externa.
Operaciones que Realizan los Bancos:
ACTIVAS: Derechos que tiene el banco, con terceras personas, por préstamos que otorga.
PASIVAS: Obligaciones que el banco contrae con terceras personas en la aceptación de toda clase de depósitos.
INDIFERENCIALES: No originan, derechos ni obligaciones, estas se refieren al cambio o traslado de valores.
(Apuntes de Joselline Sánchez, Guatemala, 2014)
Codificación y Denominación:
Clasificación:
Clase
Grupo
Subgrupo
Cuenta
Subcuenta
Sub-subcuenta
Sub-sub-subcuenta
Sub-sub-sub-subcuenta
Dígitos:
1
3
4
6
8
10
12
14
Grupo:
------------
Primer Grado
Segundo Grado
Cuenta Primer Grado
División Primer Grado
División Segundo Grado
División Tercer Grado
División Cuarto Grado
Consulta de Nomenclatura Bancaria, Javier Ralda, Guatemala)
Ejemplo de Codificación:
3 PASIVO
301 OBLIGACIONES DEPOSITARIAS
3011 MONEDA NACIONAL
301101 Depósitos Monetarios
301101.03 De Gobierno y Entidades Oficiales
301101.0301 Gobierno Central
Consulta de Nomenclatura Bancaria, Javier Ralda, Guatemala)
Apertura Contable de un Banco
CAPITAL AUTORIZADO:
-
Es la suma máxima que una Sociedad Anónima puede emitir en acciones, sin necesidad de formar un aumento de capital.
-
Cuenta de capital, primero se abona y luego se carga.
-
Saldo acreedor.
-
Representa el total del valor de las acciones que se le fueron autorizadasa la Sociedad Anónima.
ACCIONES SUSCRITAS:
-
Cuenta reguladora de Capital Autorizado.
-
Acciones emitidas por una Sociedad Anónima y que ya están suscritas, colocadas o comprometidas, pero que aún no se han pagado.
-
Como cuenta, se utiliza para registrar el importe de las acciones suscrita, pero aún no pagadas por los suscriptores.
-
Cuenta regularizadora de Capital Autorizado.
-
Saldo deudor.
ACCIONES POR SUSCRIBIR / NO SUSCRITAS:
-
Son acciones que no están pagadas ni suscritas.
-
Son emitidas por una Sociedad Anónima y que están en su poder pendiente de colocarse, suscribirse o venderse.
-
Como cuenta, se debita con el valor nominal de las acciones pendientes de colocarse y se acredita con el valor de las acciones que se suscriban, se coloquen o se vendan.
-
Cuenta regularizadora de Capital Autorizado.
-
Saldo deudor.
-
Representa el valor de las acciones en poder de la sociedad, pendientes de colocar.
-
Se registra en el Balance de Situación General, restándose al Capital Autorizado.
ACCIONES PAGADAS:
-
Son acciones emitidas por la sociedad, ya pagadas por los suscriptores.
ACCIONES NO PAGADAS:
-
Son acciones emitidas por la sociedad, no pagadas por los suscriptores.
(Apuntes de Joselline Sánchez, Guatemala, 2014)
Fornato del Análisis:
CAPITAL AUTORIZADO
(-) ACCIONES SUSCRITAS
= ACCIONES POR SUSCRIBIR
ACCIONES SUSCRITAS
(-) ACCIONES PAGADAS
= ACCIONES NO PAGADAS
Ejemplo:
El 2 de Octubre del 2014. El Banco Las Palapas, S.A. inicia sus operaciones contables con un Capital Autorizado de 80,000 acciones de Q 1,500.00 c/u, de las cuales fueron suscritas 70,000 acciones y de estas fueron pagadas en efectivo 60,000. Realiza el análisis correspondiente:
Análisis:
CAPITAL AUTORIZADO
80,000 acciones a Q 1,500.00 Q 120,000,000.00
(-) ACCIONES SUSCRITAS
70,000 acciones a Q 1,500.00 105,000,000.00
= ACCIONES POR SUSCRIBIR
10,000 acciones a Q 1,500.00 15,000,000.00
ACCIONES SUSCRITAS
70,000 acciones a Q 1,500.00 Q 105,000,000.00
(-) ACCIONES PAGADAS
60,000 acciones a Q 1,500.00 90,000,000.00
= ACCIONES NO PAGADAS
10,000 acciones a Q 1,500.00 15,000,000.00
(Apuntes de Joselline Sánchez, Guatemala, 2014)
Depósitos en Monedas:
N
A
C
I
O
N
A
L
MONETARIOS
DE PLAZO MAYOR
DE PLAZO MENOR
DE AHORRO
E
X
T
R
A
N
J
E
R
A
Depósitos Bancarios:
Un depósito es un contrato mediante el cual el depositante le otorga una determinada suma de dinero al depositario para su custodia, quedando obligado este a devolverla cuando este lo reclame.
Clasificación:
REGULARES: Se refiere a títulos, alhajas y otros valores muebles, el que actúa como depositario, tiene que devolver forzosamente lo mismo que recibió.
IRREGULARES: El banco hace uso del dinero, y el depositario no devuelve precisamente los mismos billetes y monedas, sino otros de la misma clase que recibió.
Los Depósitos se pueden dividir en:
-
Condicional
-
Judicial
-
Congelado
-
De la Orden
-
De Garantía
CONDICIONAL: Se refiere a los valores que han de devolverse sólo hasta que se cumpla determinada condición señalada por el depositante.
JUDICIAL: Son valores que se separan por un juez, y deben ser entregados también sólo por orden de la misma autoridad.
CONGELADO: Es aquel que el juez manda a inmovilizar.
A LA ORDEN: Es aquel que trata acerca de sumas de dinero que el banco recibe para ser entregadas a otras personas.
DE GARANTíA: Trata sobre fondos que el banco recibe para garantizar una operación, tal como sucede con las Cartas de Crédito.
(Apuntes de Joselline Sánchez, Guatemala, 2014)
Depósito Monetario: Es aquel a la vista, retirable por medio de cheques.
Depósito Plazo Menor: Es aquel que para poder ser retirado se fija un plazo que no exceda los 30 días.
Depósitos Plazo Mayor: Puede ser retirado en un plazo que exceda los 30 días.
Depósitos de Ahorro: Son Depósitos a la vista, los cuales pueden ser en efectivo, cheques propios ó cheques de otros bancos del Sistema, devengando una tasa de interés, revisable a opción del banco; los cuales son pagaderos según lo estipule el banco. Los fondos de la cuenta podrán ser retirables únicamente con la presentación de la Libreta de Ahorros y pueden ser abiertas a nombre de Persona Natural ó Juridica.
NOTA:
Estos depósitos a plazo se hacen constar en certificado o resguardo especial. Para retirarlos se presenta el resguardo respectivo. Devengan intereses, los cuales se cancelan juntamente con el capital a su vencimiento.
Por lo general se fija un plazo mínimo para los depósitos a plazo mayor, el que puede ser de tres meses. Si el depositante lo quisiera retirar antes del plazo estipulado, entonces tendrá que reconocerle al banco un descuento proporcional, según el tiempo que falte para el vencimiento.
(Apuntes de Joselline Sánchez, Guatemala, 2014)